Un grupo electrógeno es un sistema de generación de electricidad por medio de la integración de un motor de combustión interna que normalmente utiliza Diesel como combustible y que este acciona un generador eléctrico. Los grupos electrógenos se utilizan en las industrias, en edificios comerciales y edificios residenciales para proveer seguridad de suministro eléctrico a equipos críticos ante un eventual corte de suministro de electricidad. Además, pueden utilizarse para reducir costos por medio de limitar potencia en período punta, complementar fuentes de energías renovables y abastecer a instalaciones aisladas.

Un motor de combustión interna que utiliza Diesel es una fuente relevante de emisiones de compuestos considerados tóxicos para la salud y para el medio ambiente. Los mayores contaminantes que emiten estos equipos son material particulado (MP) y óxidos de nitrógeno (NOx). En las emisiones de MP, la más dañina corresponde a su fracción fina conocido como MP 2,5 que producen problemas respiratorios e incrementan los riesgos a enfermedades cardiovasculares. Además, los motores Diesel emiten otros contaminantes como benceno, formaldehidos e hidrocarburos aromáticos policíclicos (PAHs) que son considerados tóxicos dado que son precursores de cáncer y desórdenes neurológicos.

Los grupos electrógenos desde fines de los 90 han sido regulados en la Región Metropolitana, ya que son consideradas fuentes fijas, por lo que han debido ser registrados y además acreditar el cumplimiento de la norma de emisión de material particulado para fuentes fijas, por medio de una medición anual, según lo señalado en la normativa. Luego, esto se amplío a lugares con planes de prevención y descontaminación atmosférica que aplican a áreas específicas.

Desde principios de los años 2000, la autoridad mostró interés en regular de forma específica las emisiones de grupos electrógenos debido a sus efectos adversos en la sociedad distintos a las otras fuentes fijas, pero esto demoró en materializarse casi 20 años.

Decreto Supremo N°38

El Decreto Supremo N°38 de 2020 del Ministerio del Medio Ambiente y publicado en el Diario oficial el 15 de septiembre de 2021 establece la norma de emisión para grupos electrógenos, la cual aplica a grupos electrógenos nuevos con motores de combustión interna con encendido por compresión (Diesel) y potencia mayor o igual a 19 kW. Excluyendo a grupos electrógenos en zonas sin acceso al Sistema Eléctrico Nacional y cuyo uso principal sea para uso residencial.

La verificación del cumplimiento es por medio de los fabricantes o distribuidores de las marcas de estos equipos que deben acreditar ante la Superintendencia del Medio Ambiente que los grupos electrógenos cumplan con la norma. De esta forma, Chile se convirtió en el primer país de la Región en crear una regulación nacional para este tipo de equipos.

Actualmente, el decreto supremo N°38 establece para los grupos electrógenos nuevos entre 19 kW – 560 kW los límites de emisión mostrados en la Tabla 1.

Los grupos electrógenos nuevos con potencias mayores a 560 kW deben cumplir los límites de emisión en función del desplazamiento volumétrico por cilindro del motor (d), de acuerdo a la Tabla 2 para d< 30 litros y a la Tabla 3 para d> 30 litros.

Desde el 15 de septiembre de 2025 la normativa será más exigente. Los grupos electrógenos importados con potencias entre 130 kW y 560 kW deberán cumplir con la Tabla 4.

Y los grupos electrógenos importados con potencias mayores a 560 kW deben cumplir con los límites de emisión de la Tabla 5, d< 30 litros, y Tabla 6, d> 30 litros.

En resumen, el decreto supremo N°38 estará plenamente vigente desde el 15 de septiembre de 2025. Esta regulación sube el estándar tecnológico de grupos electrógenos Diesel que ingresan al país y están disponibles para la adquisición en el territorio nacional haciendo más exigente el límite de sus emisiones asemejándose a estándares de países desarrollados dado el daño latente que tienen las emisiones de estos equipos para la salud humana y que es mayor a otras fuentes fijas. La regulación afecta mayormente a los proveedores y los obliga a traer equipos con mayor tecnología. Pero los propietarios deben seguir reportando anualmente la información detallada sobre los grupos electrógenos y su funcionamiento, como ya lo hacen con los grupos electrógenos existentes y otras fuentes fijas.